¿Por qué CPE?
La formación profesional continua (CPE) es una parte importante de lo que distingue a los CPA de otros profesionales de las finanzas. Tener una licencia de CPA le demuestra al mundo que eres altamente competente, no solo cuando aprobaste el examen CPA o completado tus requisitos de formación y experiencia, sino a lo largo de toda la vida de tu licencia.
Como CPA de Virginia, estás sujeto a estas regulaciones VBOA relacionadas con el CPE:
- 18VAC5-22-90. Formación profesional continua.
- 18VAC5-22-140. Personas que liberan o autorizan la publicación de reportes.
La política de VBOA, "Directrices CPE", ofrece detalles adicionales.
No completar el CPE requerido puede conllevar acciones de ejecución.
Haz clic para saltar a información sobre:
- Requisitos básicos
- Mantenimiento y determinación del cumplimiento
- Excepciones a las CPE
- Reciprocidad CPE
- Deficiencias de CPE
- Patrocinadores que proporcionan CPE
Resumen básico de los requisitos
Los CPA activos deben completar 120 horas de CPE durante un periodo móvil de tres años, con un mínimo de 20 horas anuales, incluyendo un curso de ética aprobado por VBOA de dos horas, y para quienes ofrecen servicios de atestado, compilación o preparación de estados financieros, ocho horas de cursos relacionados.
Las personas que aplicar una licencia CPA inicial, poseen una licencia individual activa o aplicar la restitución de su licencia deben obtener cantidades variables de CPE, como se muestra en el gráfico a continuación.
| Estado | Año natural (CY) | Total de horas requeridas | Horas mínimas requeridas | Ética aprobada por VBOA (incluida en el total de horas) | CPE relacionado con los servicios de certificación, compilación o preparación de estados financieros (incluido en el total de horas) |
| Solicitud de licencia inicial | |||||
| Aplicar una licencia | Se aprobó el examen CY | 0 horas | 0 horas | N/A | N/A |
| 1st CY luego de aprobar el examen | 40 horas* | 40 horas | 2 horas después de que sigas aplicar | N/A | |
| 2y CY luego de aprobar el examen | 80 horas* | 80 horas | 2 horas después de que sigas aplicar | N/A | |
| 3de CY (o más) luego de aprobar el examen | 120 horas* | 120 horas | 2 horas después de que sigas aplicar | N/A | |
| Autorizado | |||||
| Titular de una licencia activa | CY de la licencia inicial | 0 horas | 0 horas | 0 horas | 0 horas |
| Cualquier ciclo de presentación de informes 3-CY | 120 horas/ 3 años |
20 horas/CY | 2 horas/CY | 8 horas (solo si se publica o autoriza la publicación de informes) | |
| Restablecimiento de la licencia | |||||
| Restablecimiento de la licencia (de Inactivo / Expirado / Rendición Voluntaria) |
CY tú aplicas | 120 horas* | 120 horas | 2 horas después de que sigas aplicar | N/A |
* Obtenidos en los tres años naturales previos e incluyendo el año en que aplicar.
Detalles importantes sobre el mantenimiento y la determinación del cumplimiento
- La VBOA emplea un periodo móvil de tres años naturales (enero. 1-Diciembre. 31) para determinar el cumplimiento del CPE. Este periodo incluye los tres años naturales anteriores al año natural actual. Sin embargo, cualquier CPE que completes antes del 31 de enero del año siguiente puede aplicar al requisito del año natural anterior.
- La documentación CPE debe conservar durante los cuatro años naturales anteriores al año natural actual.
- Puedes enviar y hacer seguimiento del cumplimiento CPE y subir documentación a través de nuestro sistema CPE, alojado por NASBA aquí.
- Cincuenta minutos de participación en CPE equivalen a 1 hora de crédito CPE.
- Encuentra aquí detalles sobre cómo calificar al CPE.
- La VBOA realiza auditorías aleatorias de CPE cada mes. Si eres auditado, deberás subir pruebas de todos los CPE requeridos del periodo de reporte actual al Servicio de Auditoría de CPE de NASBA. Mantener tus certificados en el servicio de forma continua, aunque no sea obligatorio, te prepara para el éxito en auditoría.
Excepciones a las CPE
Los titulares de licencia que no trabajen y/o se ofrezcan como voluntarios en puestos que requieran el uso de habilidades contables, financieras, fiscales u otras que la VBOA considere relevantes pueden aplicar el estatus de Inactivo. Si se aprueba por escrito, estás exento de completar el CPE a partir del año de aprobación. Eres responsable del CPE hasta la fecha en que seas aprobado. Si no se aprueba, los titulares de licencias deben cumplir con los requisitos del CPE.
A partir del 1de julio de 2026, los CPA jubilados tienen una opción adicional, si cumplen los requisitos, para aplicar el estatus de Emérito. Y, por supuesto, si tu licencia está caducada o la entregaste voluntariamente, no estás obligado a hacer el CPE.
Reciprocidad CPE
Si un CPA posee una licencia activa en otro estado y su lugar principal de negocio no se encuentra en Virginia, es elegible para la reciprocidad de CPE. Si un CPA cumple con los requisitos de CPE en su estado de origen, la VBOA aceptará esto como conforme al CPE en Virginia.
Sin embargo, un CPA debe cursar un curso de ética de dos horas aprobado por VBOA, o un curso de ética aceptado por la Board of Accountancy del estado donde posee la licencia. El CPA debe seleccionar "reciprocidad CPE" durante el proceso de auditoría CPE para ser elegible para esta exención.
La reciprocidad de licencias se desarrolló para permitir que los CPA titulados ejercieran más fácilmente entre jurisdicciones. Visita la sitio web de NASBA para consultar jurisdicciones sustancialmente equivalentes a Virginia.
Deficiencias de CPE
Si no completaste los requisitos contenidos en 18VAC5-22-90, puedes autoinformar una deficiencia de CPE contactando con la VBOA en cpe@boa.virginia.gov o en (804) 482-8757.
Conoce más sobre las violaciones del CPE aquí, incluidas las directrices de sanciones.
Patrocinadores que proporcionan CPE
La VBOA no obliga a los patrocinadores que proporcionen CPE. No mantenemos acuerdos con patrocinadores, patrocinadores precalificados ni cursos individuales, ni exigimos que un titular de licencia obtenga el CPE de patrocinadores específicos (excepto el curso de ética aprobado por VBOA).
Sin embargo, se anima a los patrocinadores a cumplir con la Declaración sobre Normas para Programas de CPE emitida conjuntamente por la AICPA y NASBA. Todos los patrocinadores deben estar familiarizados con la política de VBOA, "Directrices CPE para Patrocinadores".

